Panorama Latino.- En México, 1,291,365 trabajadores de plataformas digitales ya cuentan con seguridad social, así lo informó Zoé Robledo, titular del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Fue el pasado mes de julio cuando se puso en marcha la prueba piloto de la Reforma a la Ley Federal de Trabajo que da seguridad social a chóferes y repartidores de estas plataformas digitales.
- Esta ley fue aprobada en diciembre de 2024.
- Entro en vigor en junio de 2025.
Dentro de los aspectos más destacados, está la afiliación al IMMS y la posibilidad de acceder a los beneficios sociales que ofrece el mismo.
Zoé Robledo consideró como un logro brindar seguridad social a los trabajadores de estas plataformas digitales, un trabajo reciente en nuestro país. “Cuando no se protege al trabajador, es un sistema de explotación”, afirmó durante la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum de este miércoles.
Por su parte, la subsecretaria de Empleo y Productividad Laboral del Gobierno Federal, Quiahuitl Chávez Domínguez informó que desde junio las empresas comenzaron a registrar a sus trabajadores para garantizar su acceso a la seguridad social.
En su informe, detalló que de las personas registradas 90% son hombres y 10% mujeres.
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Beneficios con los que cuentan los trabajadores de plataformas digitales con su registro al IMSS
Los más de un millón de las y los trabajadores afiliados a la seguridad social gozarán de beneficios como:
- Desde el primer día de actividad los trabajadores están protegidos por la ley.
- Aquellos que generen ingresos mensuales iguales o superiores a un salario mínimo neto tienen acceso completo a los derechos laborales.
- Contarán con pensión.
- Servicios de guardería y otras prestaciones que marca la ley.
- La legislación garantiza la libertad de elegir los horarios de conexión y la plataforma con la que desean colaborar.
Chávez Domínguez dijo también que las empresas tendrán la obligación de cubrir las cuotas obrero-patronales antes del día 17 de cada mes a las personas que prestan el servicio a través de las plataformas digitales.
Informó que los ingresos netos se calcularán deduciendo un porcentaje del ingreso bruto mensual, según el tipo de vehículo utilizado para la prestación del servicio.
La funcionaria añadió que en los primeros tres meses se aplicarán exclusiones o descuentos del 60% para quienes usen automóviles, 50% para motocicletas y 15% para bicicletas o quienes no utilicen vehículos. A partir de octubre, los porcentajes se ajustarán a 36%, 30% y 12%, respectivamente.
Esta ley también garantiza a las personas trabajadoras de estas plataformas digitales que, si sufren un accidente durante el trabajo, la plataforma será responsable de cubrir el aseguramiento y las cuotas correspondientes durante su incapacidad.
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Las personas pensionadas y que trabajen en estas plataformas no se verán afectadas
La subsecretaria Chávez Domínguez también confirmó que las personas pensionadas que trabajen en estas plataformas digitales seguirán recibiendo sus recursos, incluso cuando estén registradas ante el IMSS por parte de las empresas.
También los trabajadores tendrán la posibilidad de planificar su retiro y obtener una pensión para su jubilación.
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¿Quiénes son considerados trabajadores de plataformas digitales?
Son personas que ofrecen servicios presenciales, como repartidores de comida a domicilio, conductores de vehículos de transporte de pasajeros, o trabajadores de mantenimiento y limpieza que son contactados a través de una aplicación.
En México, las empresas que operan a través de plataformas digitales son muy diversas y se pueden clasificar en varias categorías, dependiendo del servicio que ofrecen. Las más comunes son las de transporte de pasajeros y entrega de alimentos como:
- Servicios de transporte: Uber, Didi, InDriver, Cabify.
- Entrega de alimentos y bienes: Uber Eats, Didi Food, Rappi, Cornershop.
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